En este artículo os traemos una versión resumida del acuerdo sobre selección de personal temporal del SERMAS, con el objetivo de que si pretendéis acceder al Servicio Madrileño de Salud no tengáis ninguna duda sobre la información contenida en este pacto de contratación.
Por lo tanto, los puntos relevantes del Acuerdo sobre Selección de Personal Temporal del SERMAS son:
Objeto del acuerdo de selección de personal temporal del SERMAS
El objeto de este acuerdo es actualizar los criterios, baremos y funcionamiento, así como establecer el procedimiento de coberturas de plazas, con carácter temporal, mediante contrato o nombramiento, en los centros sanitarios adscritos al SERMAS. Este sistema de cobertura se llevará a cabo a través de la gestión de las bolsas únicas de empleo temporal.
Ámbito de aplicación del pacto de contratación del SERMAS
Lo previsto en este acuerdo es de aplicación directa a las bolsas únicas de empleo temporal constituidas y en funcionamiento.
Características de las bolsas de empleo temporal del Servicio Madrileño de Salud
- Las bolsas de empleo temporal serán únicas para cada categoría y se incluirán en ellas todos los profesionales de Atención Primaria, Atención Hospitalaria o SUMMA 112.
- La bolsa centralizada de Pediatras de Atención Primaria estará constituida únicamente por solicitantes que tengan esta especialidad.
- En la bolsa de Médicos de Familia se podrá especificar la disposición a cubrir plazas de pediatría en el supuesto de no existir aspirantes en la bolsa para pediatras y siempre que estén en posesión de la titulación correspondiente.
- En la bolsa de Enfermería se valorará una experiencia mínima de 6 meses en servicios o unidades especiales (Unidad de Cuidados Intensivos, Quirófano, Urgencias, Hemodiálisis y Neonatología) para los contratos inferiores a tres meses que precisen de estas competencias.
- Las bolsas de empleo temporal estarán permanentemente abiertas tanto para nuevas inclusiones como para la aportación de méritos.
- Las nuevas incorporaciones aparecerán en las bolsas centralizadas, sin puntuación, hasta que se realice la valoración de méritos.
- Las modificaciones de datos personales (domicilio, teléfono, etc.) serán efectivas a partir del día siguiente a su recepción, así como las modificaciones de centros sanitarios y modalidad de jornada.
- El personal temporal estará sujeto a un período de prueba según corresponda.
¿Cómo funcionan las bolsas de empleo temporal?
Estas bolsas funcionan ateniéndose a las siguientes características:
- La baremación de los méritos se llevará a cabo a lo largo del último trimestre de cada año.
- La fecha tope a tener en cuenta para la baremación de méritos será el 30 de septiembre de cada año.
- Las solicitudes de baremación de méritos se presentarán hasta el 15 de octubre de cada año.
- Los efectos de la nueva baremación se producirán en el mes de enero del año siguiente.
- El orden de puntuación en la bolsa vendrá determinado por la calificación final de los candidatos, que será igual a la suma de las puntuaciones obtenidas por la experiencia profesional, formación, docencia, investigación y otras actividades.
- La falsedad o falta de veracidad en los méritos aportados supondrá la exclusión total y definitiva en la bolsa de empleo temporal correspondiente en la que se encuentre inscrito el interesado.
Procedimiento para incluir y actualizar méritos en las bolsas de empleo temporal del SERMAS
Se puede acceder al modelo de solicitud de inclusión en las bolsas, actualización de méritos o modificación de los mismo a través de este enlace
Las solicitudes de nueva inclusión, así como la documentación acreditativa de los méritos se podrán presentar en cualquier momento a través de los registros de la sede del Servicio Madrileño de Salud, la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS, las Gerencias de los Centros Sanitarios, o a través de internet en la página antes indicada.
El plazo para presentar los documentos acreditativos de los méritos a baremar, a efectos de actualización finalizará el 15 de octubre de cada año. Los trabajadores interinos estarán también obligados a actualizar sus baremos antes de esta fecha.
Una vez que finalice el plazo de presentación de méritos, se publicará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicando la identidad de estos últimos y la causa de exclusión. Estos dispondrán de diez días hábiles para subsanar el defecto que ha motivado la exclusión.
Una vez finalicen estos diez días, se publicará la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Causas justificadas de renuncia a una oferta de empleo
Se entienden por causas justificadas de renuncia a una oferta de empleo temporal, las siguientes:
- Esta en período de descanso maternal, adopción o permiso por paternidad.
- Estar en situación de incapacidad laboral.
- Fallecimiento o enfermedad grave de familiar hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
- Encontrarse trabajando mediante contrato o nombramiento en el momento de la notificación.
- Estar realizando estudios reglados, o cursos de perfeccionamiento en centros dependientes de alguna Administración Pública.
- Estar cooperando en emergencias humanitarias promovidas tanto por Organizaciones no Gubernamentales calificadas u Organismos Internacionales avalados por la AECID.
- Cuidado de hijos de edad inferior a tres años.
- Cuidado de un familiar que por razones de edad, accidente o enfermedad o discapacidad no puedan valerse por sí mismos.
Penalizaciones
Las causas de penalización son:
- Rechazar una oferta de trabajo sin encontrarse en alguna de las situaciones comentadas en las causas justificadas de renuncia.
- No presentarse en la fecha indicada para la firma del contrato o nombramiento o no incorporarse al puesto de trabajo, salvo causa de fuerza mayor que será apreciada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.
- No superar el período de prueba.
- Renunciar a un contrato o nombramiento, salvo que sea para formalizar nombramiento o contrato en una categoría superior.
- Ser objeto de informe desfavorable de actitud, conocimiento, aptitud o competencia por parte de la Dirección correspondiente.
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